Ordenanza Nº 904/92

Creando el plan de medicina preventiva

Ordenanzas · 3 de diciembre de 1992 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2473/92

' E L H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: - ORDENANZA Nº 904/92

ARTICULO 1º: Créase el Plan Integral de Medicina Preventiva, que será de aplicación en el Partido de Bolívar. ARTICULO 2º: Son sus fundamentos: a) La asistencia pública en su función preventiva, trabajando con la comunidad y no para la comunidad.— b) Llegar a la etapa subclínica de la enfermedad.- ARTICULO 3º Son sus objetivos: a) Diagnóstico temprano. b) Prevención. c) Orientación. d) Motivación de la comunidad para sentirse sana,

ARTICULO 4º Metodoloqía Operativa: Se establecerá la zona o barrio a investigar, hasta abarcar la totalidad de la población.—

ARTICULO 5º: EVALUACION DEL PLAN.-: Se hará en tres niveles: Primer Nivel Control administrativo, cumplimiento de normas y metas. Segundo Nivel Los recursos disponibles se utilizarán en forma óptima, lo que permitirá decidir si se debe ejecutar algún cambio Tercer Nivel Se acopiarán los datos estadísticos relacionados con la * efectividad del programa. ARTICULO 6º Personal Afectado: a)No profesionales: agente sanitario y administrativo. b)Profesionales: médico, asistente social, enfermera. ARTICULO 7º: Organigrama Funcional del Departamento Administrativo: se implementará conforme al Anexo I, que forma parte integrante de la presente.—

ARTICULO 8º Organigrama Médico: Se implementará conforme al Anexo II, que forma parte integrante de la presente.-

ARTICULO 9º: Cartilla o Ficha Médica: Se implementará de acuerdo al Anexo III, que forma parte integrante de la presente,- ARTICULO 10º:Créanse los siguientes cargos;

1) Jefe Médico, efectivo, contratado por un año, quién será responsable del Plan 2 (dos) Asistentes Sociales, efectivos,- ARTICULO 11º E1 Departamento Ejecutivo deberá adecuar las Partidas presupuestarias para dar cumplimiento a la presente,- ARTICULO 12º; Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese,- - -

DADA en la sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 3 días del mes de Diciembre de 1992,-

FIRMADO: Dr JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.-

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.