Ordenanza Nº 877/92
Incremento luz pirovano
BOLÍVAR,29 de Julio de 1992
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2461/92
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
- ORDENANZA Nº 877/92
ARTICULO 1º Autorízase a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Pirovano Ltda a fijar un costo básico del KWH de pesos 0,2566 para la facturación del mes del mes de Julio de 1992, con el siguiente cuadro tarifario:
Los primeros 50 KWH $ 0,2330 $ Alumbrado Público $ 0,2588 Los siguientes 50 " 0,2588 $ 0,2845 Comercial $ 0,2845 Los siguientes 100 " $ 0,21,29 $ Reparticiones Oficiales 0,2845 Los siguientes 100 " 0,3442 Rurales $ 0,3015 Excedente de 300 " ARTICULO 2º Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese*
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 23 días del mes de Julio de 1992.-
FIRMADO: DR, JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.-
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.