Ordenanza Nº 203/86

Modificando ordenanza 203/1986

Ordenanzas · 29 de octubre de 1992 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

BOLÍVAR, 5 de Noviembre de 1992

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Ref. Expte. Nº 2330/91

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: - ORDENANZA NO: 896 92 •

ARTICULO 1º: Modifícase el Art. 163 de la Ordenanza Nº 203/86, el cuál quedará redactado de la siguiente forma:

“Los ascensos del personal serán efectuados previa actuación de participación de la Junta de Calificaciones y Disciplina, por el D.E., el cuál dará su aprobación definitiva. En caso de que el D.E. y la Junta de Calificación y Disciplina no coincidan en los ascensos a otorgar, será el H.C.D. el que resolverá en consecuencia, previa elevación de las actuaciones y antecedentes del caso. En esta situación, será el D.E. a quién corresponderá enviarlo al H.C.D. dentro de los cinco (5) días hábiles de manifestado el desacuerdo por una de las partes, (b) El D.E. notificará a todo el personal municipal fehacientemente ascendido de los ascensos del año que le correspondiere. Si algún agente Municipal viera lesionado sus derechos en la aplicación de los ascensos, tendrá derecho a recurrir al D.E. dentro de los cinco (5) días hábiles de quedar firme, a los efectos de su reconsideración.- El D.E. deberá expedirse inexorablemente dentro de los treinta (30) días de presentado. Si el agente municipal considera que sus derechos siguen lesionados tendrá, como última instancia, recurrir al H.C.D., dentro de los cinco (5) días de la notificación de la denegatoria, para su resolución definitiva, (c) No se entenderá por aprobado ningún ascenso por el D.E. sin la conformidad expresa del Jefe de División a la cuál corresponda el a g e n te m un i ci p a l a s ce n d id o. ARTICULO 2º: Comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - - - DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 29 días del mes de Octubre de 1992.-

FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Secretario) ES COPIA.»

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.