Ordenanza Nº 796/91
Tarifas taxis
BOLIVAR, 22 de Febrero de 1991
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXPTE Nº 2212/91
"EL H, CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 796/91
ARTICULO 1º: Apruébase la tarifa de taxímetros para la Ciudad de Bolívar para su aplicación a partir del 22 de Enero de 1991, según lo detallado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente
ARTICULO 2º: La tarifa deberá ser impresa por el D.E. Municipal y obligatoriamente deberá ser exhibida en el respaldo del asiento delantero del vehículo.
ARTICULO 30: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese»-
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR, a los 20 días del mes de Febrero de 1991
FIRRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (Pte.) SR. JOSÉ ALFREDO ACUSE (Srio.)
ES COPIA..
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.