Ordenanza Nº 776/90
Estableciendo doble mano calle pasteur en urdampilleta
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXPTE. Nº 2178/90
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le ion propias, sanciona con fuerza de
• ORDENANZA Nº 776/90 -
ARTICULO lº: Establécese desde el momento de la promulgación de la presente Ordenanza, como sistema de circulación de Doble Mano, en la Calle Pasteur desde Avenida Colón hasta el acceso de Urdampilleta, a fin de facilitar el acceso al Hospital "Juana G. de Miguens." - - - - -
ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 29 días del mes de Noviembre de 1990.-
FIRMADO: DR.JUAN E. COLOMBO (Pte.) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Srio.)
ES COPIA.-
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.