Ordenanza Nº 758/90
Construccion refugio peatonal
BOLÍVAR, 29 de Octubre de 1990.-
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXPTE. Nº: 2139/90
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 758/90
ARTICULO lº Procédase a la construcción de un REFUGIO PEATONAL en la Avda. 25 de Mayo y calle Ignacio de Lucia (Barrio Colombo)
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo deberá efectuar las modificaciones presupuestarias correspondientes para atender los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese••
DADA en la sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 25 días del mes de Octubre de 1990.-
FIRMADO: DR.JUAN E. COLOMBO (Pte.) SR. JOSÉ ALFREDO ACUSE (Srio.)
ES COPIA.»
JOSÉ ALFREDO ACUSE secretario HCD.
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.