Ordenanza Nº 739/90
Tarifas taxis
BOLÍVAR , 8 de Octubre de 1990.- AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXPTE.Nº 2128/90
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 739/90
ARTICULO 1º; Apruébase la tarifa de taxímetros para la Ciudad de Bolívar, para su aplicación a partir del lº de Setiembre de 1990, según lo detallado en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente
ARTICULO 2º: La tarifa deberá ser impresa por el D.E. Municipal, y obligatoriamente deberá ser exhibida en el respaldo del asiento delantero del vehículo.-
ARTICULO 3º Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.•
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 5 días del mes de Octubre de 1990.-
FIRMADO: DR.JUAN E.COLOMBO (Pte.) SR.JOSE ALFREDO ACUSE (Srio.)
ES COPIA.»
INTENDENCIA MUNICIPAL
BOLÍVAR
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.