Ordenanza Nº 691/90

Tarifas taxis

Ordenanzas · 17 de mayo de 1990 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

BOLÍVAR,18 de Mayo de 1990••

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXPTE.Nº 2025/90

"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR», en uso de las facultades que le sen propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA Nº 691/90

ARTICULO 1º: Apruébase la tarifa de taxímetros para la Ciudad de Bolívar, según lo detallado en el anexo I, que forma parte integrante de la Presente

ARTICULO 2º: La tarifa deberá ser Impresa por el D.E. Municipal, y obligatoriamente deberá ser exhibida en el respalde del asiento delantero del vehículo ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - - -

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 17 días del mes de Mayo de 1990

FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (Pte.) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Srio.)

ES COPIA.-

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.