Ordenanza Nº 683/90
Autorizando anticipo de tasas
BOLÍVAR , 7 de Mayo de 1990,- AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF.EXP.Nº 1990/90
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE OE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº683/90
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a emitir un anticipo en la Tasa de Conservación, Reparación y Mejorado de la / Red Vial Municipal, equivalente al 110% de lo autorizado por la Ordenanza Nº:646/90; Servicios Sanitarios y Desagües Cloacales equivalente al 100% de lo autorizado por la Ordenanza Nº 646/90 y Alumbrado / Barrido, Limpies* y Conservación de la Vía Publica, equivalente al 105% de lo autorizado por la Ordenanza Nº 646/90; para e1 Ejercicio 1990.- -
ARTICULO 2º Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.*
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 3 días del mes de Mayo de 1990.- - - - - - - - - - - - - . • - - _ - - - .
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (Pte.) SR. JOSE ALFREDO ACUSE (Srio»)
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ES COPIA.».
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.