Ordenanza Nº 661/90

Estableciendo bonificacion especial para personal de guardia

Ordenanzas · 15 de marzo de 1990 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 1955/90

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", «en USO de las facultades que lo son propias, sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 661/90

ARTICULO lº: Establécese para el personal profesional de Guardia del

Hospital Sub-Zonal de Bolívar una Bonificación Espacial No Remunerativa por Guardia, equivalente a1 60% y 80% respectivamente , sobre el sueldo básico del cargo en que reviste cada profesional a partir del 10 de Enero de 1990, y en un todo de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 5723 del 13 de Diciembre de 1989 del Superior Gobierno de la Provincia de Buenos Aires*- - - - - - - -

ARTICULO 2º: Créase en el Presupuesto de Gastos-EJ. 1989 prorrogado para el EJ.1990 la siguiente partidas Jurisdicción 2-Departamento Ejecutivo Finalidad 2—Salud Pública 1.1.1.3.5.16.Bonificación Especial No Remunerativa Personal Profesional de Guardia•••••••• A 9.700.000,-

ARTICULO 3º: El crédito necesario para atender 1* creación del Art.2ºdeberá tomarse de la siguiente partida del mismo Presupuesto Jurisdicción 2—Departamento Ejecutivo Finalidad 6-A Clasificar 1.4.1.Crédito Adicional*...•••••...•••••...•....... A 9.700.000,- ARTICULO 4º: Comuniqúese, regístrese,publíquese y archívese - - - DADA on la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 15 días del mes de marzo de 1990.- ------ -------- FIRMADOt DR.JUAN EMILIO COLOMBO (Presidente) ALFREDO ACUSE (Secretario)/ ESA COPIA.-

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.