Ordenanza Nº 192/85
Modificando ord 192/1985
BOLÍVAR,4 de Junio de 1990.- AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF:Despacho Com/Presupuesto y Hacienda.- (Sin Nº Expte.) "EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias. Sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 695
ARTICULO 1º; Incorpórase como Art.3º) de la Ordenanza Nº:192/85 el siguiente:
ARTICULO 3º: Las Becas para niveles educacionales secundarios, terciarios y/o universitarios se fijan en un monto equivalente al 25% del sueldo mínimo del Empleado Municipal. - -
ARTICULO 2º¡Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese - — - -
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a los 31 días del mes de Mayo de 1990.-
FIRMADO: DR. JUAN EMILIO COLOMBO (Pte) SR.JOSE ALFREDO ACUSE (Srio)
ES COPIA
JOSÉ ALFREDO ACUSE SECRETARIO H. C. D.
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.