Ordenanza Nº 635/89
Incremento luz cooperativa electrica pirovano
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.EXP.Nº 1877/89
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍ VAR",en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de ORDENANZA Nº 635/89 –
Articulo lº: Fíjase el siguiente cuadro tarifario a aplicar por la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Pirovano Ltda.-a partir del lº de Noviembre de 1989. Los primeros 50 KWH....... A 68,5018 Los siguientes 50 KWH .... A 74,7635 Los siguientes 100 " A 82,2411 Los " " A 90,4660 Excedente 200 KWH A 99,5148 Alumbrado Público .............. A 74,7635 Comerciales ............ A 82,2411 Repartic.Oficiales ..... A 82,2411 Rurales •••• .......• ... A 87,8326
Articulo 2º: De forma .... DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR a 21 dias del mes de Diciembre de 1989.- ..... FIRMADO» DR.JUAN E.COLOMBO (Pte.) SR.JOSE ALFREDO ACUSE (Srio.)
ES COPIA
IJOSE ALFREDO ACUSE
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.