Ordenanza Nº 581/89

Tarifas electricas pirovano

Ordenanzas · 27 de julio de 1989 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF: EXP . Nº 1752/89

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA Nº 581/89

ARTICULO 1º): Apruébase la siguiente Escala de Tarifas, a aplicar en el mes de JULIO de 1989, por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de PIROVANO LTDA;

Los primeros 50 KWH .... A 41,3877 Los siguientes 50 KWH ...A 45,1709 " •• 100 KWH . . . A 49,6887 " " 100 KWH . . . A 54,6581 Excedente de 200 KWH . . . A 60.1252 ALUMBRADO PUBLICO KWH . . . A 45.1709 COMERCIALES ... ........... A 49.6887 RURALES ..................... A 53.0670 ARTICULO 2º): Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 27 de JULIO de 1989. FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) ■ SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.).- -

E S C O P I A

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.