Ordenanza Nº 570/89

Presupuesto ejercicio 1989

Ordenanzas · 27 de julio de 1989 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

Bolívar, 28 de JULIO de 1989AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF: EXP. Nº 167O/89.— "EL H.CONCeJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 570/89 ARTICULO 1º): Fíjase en la suma de AUSTRALES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE con TREINTA y UN CENTAVOS (A 157.212.869,31) el PRESUPUESTO DE GASTOS para el Ejercicio 1989.- ARTICULO 2º): Fíjase en la suma de AUSTRALES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE Con TREINTA y UN CENTAVOS (A 157.212.869,31) el CALCULO DE RECURSOS para el ejercicio 1989 ARTICULO 3º): Fíjase en la suma de AUSTRALES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE (A l.887,oo) el SUELDO MÍNIMO para los agentes municipales mayores de 18 años de edad, que cumplan el horario normal completo de la Administración Municipal, y a partir del lº de Enero de 1989. ARTICULO 4º): Fíjase la Compensación por Gastos de Representación para e l Intendente Municipal en la suma de AUSTRALES MIL OCHO CIENTOS OCHENTA Y SIETE (A l.887,oo) ARTICULO 5º),: Fíjase un adicional por Bloqueo de Título de hasta el TREINTA y CINCO por Ciento (35%) mensual del Sueldo Básico para los cargos de:Secretario y Director de Obras Públicas, Director de Planeamiento y Farmacéutico del Hospital ARTICULO 6º): Los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de Recursos con Afectación, serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por De-creto del Departamento Ejecutivo correlativamente se ampliará el Pre-supuesto de Gastos, reforzando créditos de cuentas existentes o incor-porando conceptos no previstos, en ambos casos se respetará el destino a que deben ser aplicados los fondos en cuestión La incorporación de saldos afectados al Cálculo de Recursos y de nuevos conceptos al Presupuestos de Gastos se efectuará respetando los Nomencladores vigentes respectivos ARTICULO 7º): Establécense los cargos jerárquicos alcanzados por el beneficio de la BONIFICACIÓN POR DEDICACIÓN EXCLUSIVA y el porcentaje que sobre su Sueldo Básico percibirá mensualmente: Sub-Contador 60% Jefe Departamento Obras Sanitarias • • • • • • • 60% Jefe Departamento Direcci6n Vial • • • • • • • • 60% Jefe Departamento Corralón ........... 60%

Jefe Departamento Despacho • • • • • • • • • * • 60% Jefe División Veterinaria 50% Jefe División Dirección Vial 50% Jefe Departamento Salud Pública 60% Jefe Unidad Sanitaria de Hale 50% Jefe División Imputaciones ........... 50% Jefe Departamento enfermería • • • • • • • • • • 4ü% Jefe División Tesorería •• .......... 40% ARTICULO 8º) : Fíjase en SEIS AUSTRALES con TREINTA Y NUEVE CENTAVOS (A 6,39) por mes y por metro lineal a partir del mes Enero de 1989 la cuota de Contribución de Mejoras "AMORTIZACIÓN DESAGUES CLOACALES ARTICULO 9º): Congélase todas las vacantes que se vayan produciendo en e l curso del presente y futuros ejercicios hasta lograr una disminución efectiva del 10% del total del personal ARTICULO 10º);Las excepciones al Artículo Anterior deberán ser autorizadas por el Concejo Deliberante.- ARTICULO 11º);Comuníqueset regístrese, publíquese y archívese DADA en la Sala de sesiones del H.CONCEJO DElibErantE dE bolívar, a 27 de JULIO de 1989. FIRMADO: DR. JUAN L.COLOMBO PTE) = HUMBERTO CALIGIURI (SRIO,)# • E S C O P I A

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.