Ordenanza Nº 568/89
Tarifas taxis
BOLÍVAR, 01 de AGOSTO de 1989.- AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF: EXP. Nº 1736/89.-
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 568/89
ARTÍCULO 1º) Apruébase la Tarifa de Taxímetros para la Ciudad de Bolívar, según lo detallado en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
ARTICULO 2º): La tarifa deberá ser impresa por el D.Ejecutivo Municipal y obligatoriamente deberá ser exhibida en el respaldo del asiento delantero del vehículo.- - - - - - - - - - - - - - - - - ARTICULO 3º): Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- - - DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 27 de JULIO de 1989,
FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) ■ SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.) .-
E S ___ C_O_P_I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.