Ordenanza Nº 559/89
Aplicando reajuste deudas
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
REF. EXP. Nº 1728/89
"EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que 1e son propias, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 559/89 - ARTICULO 1º): Aplícase como reajuste para el pago de deudas el último coeficiente enviado por la Provincia de Buenos Aires, dividido por treinta y la resultante por los días del efectivo pago. ARTICULO 2º): La aplicación del artículo primero será retroactiva al 1º de Julio de 1989. ARTICULO 3º): Aquellos contribuyentes que hubiesen abonado sus deudas con l a aplicación del total del coeficiente, el pago efectuado de más será acreditado al vencimiento de la próxima cuota. ARTICULO 4º); La vigencia de la presente Ordenanza es hasta el 31 de Diciembre de 1989 ARTICULO 5º): Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.- DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DL BOLÍVAR, a 05 de JULIO de 1989.
FIRMADO; DR. JUAN L.COLOMBO (PTE.) « SR• HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.)
ES C O P I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.