Ordenanza Nº 520/89
Modifica la ordenanza 47/1984
BOLÍVAR, 25 de Enero de 1989—
AL DEPARTAMENTO REF EXP Nº EJECUTIVO 1606/89
"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que le son propias* sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 520 /89
ARTICULO lº Modificar el artículo la) de la Ordenanza Nº 47/84, destinándose el 100 % de los fondos de la Ley 10259 aportados por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda (De Consumo) a la adquisición de combustible para la puesta en marcha de los equipos generadores de la usina local, por parte de la Mencionada cooperativa, quién deberá rendir cuenta de la inversión de los fondos adentras se mantenga el estado de emergencia energética ARTICULO 2º: Créase la partida en el Presupuesto de Gastos prorrogado de 1988 para 1989: 1.3.7. "Cooperativa Eléctrica- Adquisición Combustible" A 156.739,99»
ARTICULO 3º: Desaféctase de los fondos previstos en la Ordenanza Nº 47/84, a portado por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda» (De Consumo) de la siguiente partidas FINALIDAD liciten 1-2-5-2-10» "Extensión Alumbrado Público 62.696,00 FINALIDAD V-Item 2-5-2-19 "Fondo Permanente de la Vivienda" A 94.043.99
ARTICULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese* DADA en la Sala de sesiones del HCD de BOLÍVAR, a 24 de ENERO de 1989* FIRMADO SR« JULIO C* FAL (Pte a/c.) • Sr* HUMBERTO CALIGIURI (Srio*)
E S C O P I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.