Ordenanza Nº 507/88
Fijando boleto estudiantil
H. Concejo Deliberante Bolívar AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 1529/88.
"EL H.concejo deliberante DE BOLÍVAR, en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 507/88
ARTICULO 1º)Fíjase un "Boleto Preferencial" para estudiantes de nivel secundarlo de escuelas públicas y gratuitas del Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, a ser aplicado en los servicios de au totransporte público de pasajeros, de carácter urbano e interurbano, sujetos al contralor jurisdiccional municipal.
ARTICULO 2º) El boleto preferencial instituido en el Art. 1º) comenzará a regir a partir del día 1º de ENERO de 1989, y será su valor equivalente al 50% del boleto general ARTICULO 3º) Se comunicará la presente ordenanza a los establecimientos enunciados en el Art. 1º), a efectos de que expidan a los estudiantes el correspondiente certificado que los acredite como tales ARTICULO 4º) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, a 29 de DICIEMBRE de 1988. FIRMADO:DR. JUAN E. COLOMBO (PTE) - SR. HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.)
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.