Ordenanza Nº 489/88

Incremento luz pirovano

Ordenanzas · 3 de noviembre de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante Bolívar AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF.: EXP. Nº 1542/88.-

EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de: ORDENANZA Nº 489/88

ARTICULO 1º):Fíjase el costo básico del KWH. a facturar por la Coope rativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Pirovano Ltda, en la suma de A 1,8943 para Consumo Urbano y de A 2,1065 para Consumo Rural, para su aplicación a partir del mes de OCTUBRE de 1988 ARTICULO 2º): A dichas facturaciones se les ha practicado un descuento del diez por ciento (10%) en la forma que fija la Resolución Nº 2139/87 y Nº 172/88 de la Dirección de la Energía de la Provin cia de Bs.As. (D.E.B.A.).- ARTICULO 3°): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJOdeliberante de BOLÍVAR, a 22 de NOVIEMBRE de 1988.- FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) « SR, HUMBERTO CALIGIURI (SRIO.).-

E S COPI

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.