Ordenanza Nº 458/88

Tarifas taxis

Ordenanzas · 19 de julio de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

BOLÍVAR, 20 de julio de 1988

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP. Nº 1439/88 "EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR en uso de las facultades que le son propias, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA Nº 458/88 -

ARTICULO 1º: Apruébase la tarifa de taxímetros para la Ciudad de Bolívar según lo detallado en el Anexo I que forma parte integrante de la presente ARTICULO 2°: La tarifa deberá ser impresa por el DE Municipal y obligatoriamente deberá ser exhibida en el respaldo del asiento delantero del vehículo ARTICULO 3º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese

DADA en la Sala de Sesiones del HCD de BOLÍVAR, a 19 de JULIO de 1988 FIRMADO: DR. JUAN E. COLOMBO (PTE) - SR. SERGIO NATIELLO -(SRIO. a/c.)

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.