Ordenanza Nº 411/88
Incremento luz bolivar marzo 1988
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR, en uso de las
facultados que 1« son propias, sanciona con fuerza de
ORDENANZA Nº 4ll/88
ARTICULO lº):Fíjase en A 0,41177 e1 costo básico del KWH.
a facturar por la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda.
(De Consumo)para las lecturas de Medidores que se
practiquen a partir del lº de MARZO de 1988
ARTICULO 2º:A dichas facturaciones deberá practicá rseles
un descuento del 10% en la forma que fija la Resolución Nº
2l89/87 y Nº O172/88 de la Dirección de la Energía de la
Pcia. de Bs.As.( DEBA)
ARTICULO 3º: Comuníquese,publíquese, regístrese y archí
vese.
DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE de
BOLÍVAR, a 10 de MARZO de 19988.
FIRMADO:DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) - SR. HUMBERTO
CALIGIURI (SRIO.)
ES COPIA
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.