Ordenanza Nº 407/88

Eximiendo tasas al club talleres al 31/12/87

Ordenanzas · 1 de marzo de 1988 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

REF.EXP. Nº 9O8/86-Nº 1246/87

'EL H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR", En uso de las

facultades que le son propias, sanciona con fuerza de

ORDENANZA Nº 407/88

ARTICULO 1º):Exímese hasta el 31-12-87 de la deuda no

prescripta por Tasas y Servicios Públicos al Club Atlético

Talleres

ARTICULO 2º): La deuda concerniente a Contribución de

Mejoras a la fecha de sanción de la presente la

Institución previo convenio con el D. Ejecutivo podrá

abonarla en hasta 40meses actualizada por el índice de

aplicación según las Ordenanzas Impositiva y Fiscal vi

gentes.

ARTICULO 3°): En caso de incumplimiento de tres (3) cuotas

consecutivas alternadas, la Institución perderá el

beneficio que le otorga la presente Ordenanza.

ARTICULO 4º): Comuníquese, publíquese, regístrese y

archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE B

OLIVAR, a 1º de MARZO de 1988.

FIRMADO: DR. JUAN E.COLOMBO (PTE.) SR. HUMBERTO

CALIGIURI (SRIO.)

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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.