Ordenanza Nº 404/88

Incremento luz pirovano febrero 1988

Ordenanzas · 25 de febrero de 1987 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF. EXP.Nº 1309/88

ORDENANZA Nº 404/88

ARTICULO lº:Fíjase el costo básico del KWH a facturar por

la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de

Pirovano Ltda. en la suma de 0,4586 para consumo urbano y

de A 0,510l para consumo rural.

ARTICULO 2º: A dichas facturaciones deberá practicárseles

un descuento del (10%) diez por ciento en la forma que

fija la Resolución Nº 2189/87 y Nº 0172/88 de la Dirección

de la energía de la Pcia. de de Bs. As. (DEBA).

ARTICULO 3º: De forma.

DADA en la -ala de Sesiones del CONCEJO DELIBERANTE

DELIBERANTE DE BOLIVAR, a 25 DE FEBRERO de 1988

FIRMADO: Dr. JUAN E. COLOMBO(PTE .) = SR. HUMBERTO

CALIGIURI (SRIO).

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.