Ordenanza Nº 383/87
Modificando ordenanza 203/86 ascenso automatico
H. Concejo Deliberante
Bolívar
AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLIVAR en uso de las facultades
que le son propias sanciona con fuerza de:
ORDENANZA Nº 383/87
ARTICULO lº): Agregase al Estatuto y Escalafón para el
Empleado Municipal en su Capítulo IV titulado Menciones y
Premios el siguiente artículo:"El personal municipal que
cumpla treinta (30) años de servicio será ascendido automá
ticamente a la categoría inmediata superior que revista
manteniendo el cargo en que se encuentra”
ARTICULO 2º): Prevéase en la elaboración del presupuesto de
gastos para el ejercicio 1988 las partidas necesarias para dar
cumplimiento a lo establecido en el artículo 1º )
ARTICULO 3º) : Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
DADA en la Sala de Sesiones del H CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍ
VAR a 26 de NOVIEMBREde 1987
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.