Ordenanza Nº 371/87

Estableciendo bonificacion especial no remunerativa

Ordenanzas · 18 de noviembre de 1987 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

H. Concejo Deliberante

Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO «EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR en uso de las

facultades que le son propias, sanciona la siguiente:

REF. EXP.Nº 1219/87

Ordenanza 376/87

ARTICULO 1º):Otórgase a todos los Agentes Municipales

escalafonados a excepción de los contratados, de los Sres.

Concejales y Funcionarios, que hayan prestado servicios desde

el 1° de Enero al 30 de Setiembre de 1987 y que a la fecha

continúen en actividad, una Bonificación Especial no

Remunerativa de:

PERSONAL CON 35 y 36 Hs. SEMANALES Y JORNALIZADOS A 200,00

PERSONAL CON 42 Hs SEMANALES ...............A275,00

PERSONAL CON 48 Hs. SEMANALES ....... .A350,00

ARTICULO 2º); Esta Bonificación Especial no Remunerativa

absorberá la asignación determinada en la ORDENANZA Nº 371/87

ARTICULO 3º): Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA en la Sala de Sesiones del H. CONCEJO DELIBERANTE DE

BOLÍVAR, a 18 de NOVIEMBRE de 1987.

FIRMADOS DR. JUAN E. COLOMBO (PTE.) SR. HUMBERTO CALIGIURI

(SRIO.)

ES C O P I A

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.