Ordenanza Nº 300/86
Incremento luz urdampilleta
H. Concejo Deliberante Bolívar REF EXP. Nº 1002/86.-
ORDENANZANº 300/86
ARTICULO lº)Fíjase el siguiente Cuadro Tarifario a aplicar por la Cooperativa Eléctrica Ltda. de Urdampilleta, a partir del 04 dEDiciembre da 1986:
CONSUMIDORES RESIDENCIALES . . . A 0,119% CONSUMIDORES COMERCIALES ...» A 0,1277 CONSUMIDORES RURALES . . . . • . A 0,1291 CONSUMIDORES OFICIALES • • • . A O,1194 CONSUMIDORES NO ASOCIADOS . . . A 0,1500 ALUMBRADO PUBLICO • • • • . • A 0,1112 ARTICULO 2º):Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese-
DADA en la Sala da Sesiones del H.CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR a 29 de DICIEMBRE de 1986..
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Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.