Ordenanza Nº 270/1986
Modificando ordenanza 192/1985
AL EJECUTIVO
REF. EXP.Nº 947/86
= ORDENANZA Nº 270/1986 =
ARTICULO 1º): Incorpórase como Artículo 3º) de la Ordenanza Nº 192/85 el siguiente: Articulo 3º): Las becas para nivel educacional secundario se fijan en un monto equivalente al 25% del sueldo mínimo del empleado municipal. -
ARTICULO 2º) : Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA en la Sala de Sesiones del H.C.D, de BOLÍVAR, a 16 de Octubre de 1986.
E S C O P I A
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.