Ordenanza Nº 211/1986

Eximiendo tasas instituciones religiosas

Ordenanzas · 7 de mayo de 1986 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO REF EXP. Nº 492/85

"EL H. CONCEJO DELIBERANTE DE BOLÍVAR; en uso de las facultades que le / son propias, sanciona con fuerza de;

« O R D E N A N Z A Nº 211/86

ARTICULO lo); Exímese del pago de las tasas de barrido y limpieza y servicios sanitarios a las instituciones religiosas inscriptas en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto,

ARTICULO 2º) La Excepción a Ha que se hace referencia en el Art. lº, ser á con respecto al inmueble donde efectivamente se realice el culto» ARTICULO 30): Exímese asimismo de las tasas referenciadas en el Art. 1º a las bibliotecas y museos del partido de

Bolívar.-ARTICULO 4º); Comuniqúese, publíquese, regístrese y

archívese,DADA en la Sala de Sesiones del H.C.D» de Bolívar, a 07 de Mayo

de 1986. FIRMADO: Dr JUAN E. COLOMBO (Pte.) » HUMBERTO CALIGIURI (Srio.)

ES C O P I A

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.