Ordenanza Nº 205/86

Donación inmueble chacra 135 para 104 viviendas

Ordenanzas · 27 de febrero de 1986 · Honorable Concejo Deliberante de San Carlos de Bolívar

R EF. EXP.Nº 790/86 ORDENANZA NO 205/86

ARTICULO 1º: DONASE al Instituto de la Vivienda de la Provincia de B u e n o s A i r e s , u n a f r a c c i ó n d e t e r r e n o d e C h a c r a p r o p i e dad de la Municipalidad de Bolívar, cuyos datos catastrales son: CIRCUNSCRIPCION II-SECCION:B-FRACCION:III-CHACUA:135-MANZANA: 135a, PARCELAS: 3 á 12 inclusive; Manzana : 135b, PARCELAS: 1-2-5-6- y 13 á 31 inclusive; MANZANA: 135e, PARCELAS: 7 á 16 inclusive; MANZANA:135 fPARCELAS: 1 A 32 inclusive, y MANZANA: 135g, PARCELAS: 1 á 32 inclusive.

ARTICULO 2º: La presente donación se realiza con la condición de ...... que el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, construya en dicho inmueble 104 viviendas, fijándose co-mo plazo máximo de comienzo de la ejecución de las obras en veinte y cuatro meses (24) y como fecha de terminación de las mismas en cinco (5) años, ambos plazos se contarán a partir de la sanción de la presente Ordenanza, caso contrario la Municipalidad de Bolívar se reserva el derecho de revocar la presente donación previa intimación al aceptante, conforme lo establecido en los Art*: 1826, 1849 185O y concordantes del Código Civil ARTICULO 3°: Derógase otra disposición que se oponga a la presente ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese DADA en la Sala de Sesiones del H.C.D. de bolívar a 27 FEBRERO 1986

Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.