Funcionamiento agencia hípica club independiente
Funcionamiento agencia hípica club independiente
MODIFICADA 1626/01
BOLÍVAR, 29 de AGOSTO de 1986.»
AL, DEPARTAMENTO EJECUTIVO EXP. Nº 828/86 Y 832/86
ARTICULO lº: Autorízase en el Partido de Bolívar, el funcionamiento de una Agencia hípica,
ARTICULO2º: Dicha Agencia deberá adecuarse a los requisitos exigidos por las Leyes y Decretos que reglan la materia»
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.