Ordenanza Nº 168/85
Pavimentacion autorización cobro cuotas
REF: EXP. Nº 625/85
ORDENANZA Nº 168/85
ARTICULO1º: Facúltase al DE Municipal para que proceda al cobro de la Cuota Nº 47 de obras de pavimentación, tomando como pauta para fijar sus valores, las ofertas obrantes en la licitación realizada a fin de adquirir los materiales necesarios el 27 de mayo ppdo,
ARTICULO 2º: Los montos ofertados que tendrán que ser tomados como base para el cálculo son los siguientes: BOLÍVAR: Cemento A 36,10/ton.; pie
piedra: A 4,10 p/ton.; arena: A 5,80 p/ton. - URDAMPILLETA: Cemento: A 36,95 p/ton,; piedra: A 4,80 p/ton; arena: A 6,20 p/ton - PIROVANO: ídem Urdampille-ta; precios éstos sobre los cuáles deberá aplicarse la f6rmula prevista en el ordenamiento legal vigente» ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese DADA en la ala de Sesiones del
HCD de Bolívart a 19 de Julio de 1985. - -
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.