Ordenanza Nº 84/84
Prioridad en cargos municipales para discapacitados
H. Concejo Deliberante Bolívar ORDENANZAS RELACIONADAS 1140/95
Ref. exp.nº 291/84 Ordenanza Nº 84/84
ARTICULO 1º: A igualdad de condiciones psicotécnicas, dése prioridad en la obtención de un cargo público municipal a los discapacitados que asi lo soliciten. ARTICULO 2º: A los efectos del cumplimiento del art. 1º la oficina de Personal confeccionará una lista de puestos que podrían ser ocupados por discapacitados, especificando la incapacidad excluyente. ARTICULO 3º: Confecciónese una lista de espera con la solicitud de empleos formuladas por discapacitados y que no puedan ser cumplimentadas de inmediato. ARTICULO 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del H.C.D. a 6 de setiembre de 1984.
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.