Ordenanza Nº 58/84
Creando zona comercial 1
REF. EXP.Nº 187/84
ORDENANZA Nº 58/84
ARTICULO 1º: Considérese Zona Comercial I al sector comprendido entre las calles Balcarce en su intersección con Av. San Martín hasta Av. Alsina por Av. Alsina hasta Rivadavia por ésta a Av. San Martín y continuando por Alvarado hasta Mitre; por Mitre hasta Rondeau y por ésta hasta Av. San Martín El sector se relacionará con la actividad terciaria y la misma será de uso dominante, siendo compatible el uso residencial; se fija para dicha zona una densidad habitacional potencial neta de 490 habitantes/há.; se determina como uso predominante al comercio minorista en general; como usos complementarios comercio mayorista, culto, cultura y esparcimiento, educación, residencia, administración pública y privada, sanidad y servicios, los cuales se especifican en Anexo I de la ordenanza Nº 329/79.
ARTICULO 2º: Consíderase al sector de la Av. San Martín entre calles Balcarce- Rondeau y Rivadavia- Alvarado como eje de uso comercial y
ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese»
Dada en la Sala de Sesiones del HCD a veinte y dos de junio de 1984
Fuente oficial: documento original en el archivo del HCD.